95. ¿CÓMO SE EXPLICA?

El examen de los resultados financieros de las grandes empresas de nuestro país, en el último trimestre, deja algunas incógnitas para quienes no somos ni economistas de Chicago ni socialistas renovados. Nos sorprende, por decir lo menos, y debieran preocuparnos el día de hoy y en el futuro.

En efecto, no se necesita ser un experto para concluir que nuestro país atraviesa una grave crisis económica que incluso afecta a los equilibrios de la macroeconomía que aparecía como el reducto “blindado” desde el cual pontificaban nuestros gobernantes. Un país con el 10% de desocupados, con déficit de balanza de pagos y déficit fiscal que ya no puede ocultarse y que dos tercios de sus pequeñas y medianas industrias tienen serios problemas para subsistir, es claramente un país en crisis.

Y, sin embargo cuando hay 400.000 empresas medianas y pequeñas abrumadas por sus deudas con el sistema financiero, éste logra los resultadosmas brillantes de los últimos tiempos. Los bancos en Chile, en el último trimestre han subido en promedio sus utilidades en mas de un 30% y hay algunos cuyas ganancias se elevan a un 60% sobre el mismo trimestre del año anterior!. Desde otro punto de vista su utilidad sobre capital ha sobrepasado, en algunos casos el 30%..!

Los especialistas concluyen, sin excepciones que estas extraordinarias utilidades corresponden a mejoras de gestión y a los altos “Spreads” que obtienen por su intermediación financiera. Las “mejoras de gestión” ya las conocemos y no son otra cosa que el proceso de concentración de la propiedad bancaria que ha tenido como efecto inmediato el cierre de sucursales duplicadas y el despido de cientos y quizás miles de funcionarios de los servicios financieros; que han disminuido obviamente, sus costos.

El “spreads” es expresado en forma simple, la diferencia entre la tasa de captación y la de colocación de los capitales que toma en préstamo el banco para prestarlos a su vez, a las empresas grandes o pequeñas que requieren capital para invertir o para funcionar.

Revisando algunas tablas diarias, se puede observar en las últimas semanas que la tasa de captación a 30 días ha variado entre el 0,55 y el 0.75 por ciento mientras que la tasa de colocación dependiendo del banco y del cliente se ha mantenido, en general sobre el 2% para igual plazo y llegado en promedio al 2,5% aproximadamente.  Este costo se aumenta en algunos casos con comisiones y, siempre con el impuesto al mutuo, de beneficio fiscal.

Es decir, la relación tasa de captación, tasa de colocación es de aproximadamente de uno a tres.

Si pensamos en un plazo de doce meses, el interés puede llegar al 30% y, es obvio que casi ninguna actividad económica en Chile salvo algunas……..  y los bancos producen utilidades como para pagar ese costo por el dinero.

Ahora, si el deudor, se atrasa en el plazo de sus cuotas, cae técnicamente en mora y es posible que los intereses de la mora sean aún superiores a los que señalamos. Se le ofrece renegociar la deuda, para lo cual se capitalizan los intereses, figura prohibida por el Código Civil, y se aumentan los plazos, estrechando aún mas la cuerda al cuello del deudor.

Y todo esto ocurre en una economía deprimida con un crecimiento no mayor al 4% del año, y en que si queremos graficar el problema se puede recurrir al ejemplo de la torta, en que la tajada que se agranda es en desmedro de las que corresponde a las demás personas. Es decir, las decenas de miles de millones de mayor utilidad de los bancos, los han pagado en Chile todas las empresas grandes, medianas y pequeñas que no intermedian capitales sino que producen bienes y servicios que son los únicos capaces de generar empleos además del Fisco que debe financiarlos con impuestos que pagamos todos los chilenos.

Hoy se encuentran regulados por la ley y por la autoridad financiera los intereses máximos que pueden cobrarse según se trate en obligaciones en moneda nacional corriente, o indexadas según UF, o en moneda extranjera, pero no hay ninguna regulación acerca de los “Spreads” en los bancos, esa diferencia capaz de generar tan grandes utilidades en una economía en crisis.

La pregunta del millón es ¿ Porqué no hay interés sobre la materia? ¿Porqué no hay un anuncio siquiera de que se observa esta situación con inquietud por la autoridad?

Regular el “Spreads” para impedir el agobio de los deudores, debería ser tarea común y prioritaria de todos políticos.  De la derecha, porque no solamente se ha pronunciado el Papa contra las injusticias del mercado, sino porque el “bien común” propio del jus naturalismo exige ponerle remedio y de los partidos de gobierno porque igual obligación cabe a la democracia cristiana si no ha olvidado sus principios sociales y a los socialistas renovados o no, y a los social demócratas que aspiran a establecer una economía social de mercado, es decir en que se morigeren los efectos a veces perniciosos del mercado, en beneficio del interés social.

Donde está el bien común para la derecha? Donde la regulación del mercado de la social democracia cuando se producen situaciones como las descritas ?. Creemos que los chilenos merecemos un explicación, al menos, los que no tenemos conflictos de intereses o especiales expectativas en estos meses previos a las elecciones.

Mario Alegría Alegría.

Publicado en El Mercurio de Valparaíso el 26 Mayo de 2001

94. RECADO PARA LOS NUEVOS FISCALES II.

En una nota anterior me referí al poder de los jueces del crimen y a su capacidad y atribuciones para investigar personalmente los delitos, con el auxilio de la policía pero, sin encargar a ésta la conducción de las diligencias indagatorias.

A los fiscales corresponderá ahora esa tarea, pero con muchísimos menos atribuciones, ya que tendrán que recurrir a menudo a los jueces de garantía para obtener las ordenes que, hasta ahora, los jueces del antiguo sistema pueden emitir por sí mismos.

Nadie puede saber como funcionará el sistema, salvo a través de las experiencias de otros países en que se encuentra establecida desde bastante tiempo la justicia que investiga, independiente del Juez que absuelve o condena, en mérito de las pruebas recogidas por aquélla. En Argentina y Perú existen fiscales y jueces, pero basta pensar en la calidad de la justicia en el último de los países citado para confirmamos en la idea que la justicia para ser tal requiere más de hombres sabios, que de leyes dictadas por legisladores sabios.

La otra condición que, de algún modo se corresponde con la idea ya expresada es que a los jueces hay que dejarlos trabajar, con absoluta libertad y sin más controles que los establecidos en la Constitución y la ley. Por eso, ojalá que se mantenga lo que declara, en estos días, el Presidente de la Corte Suprema: que la justicia no está siendo presionada por el ejecutivo y que cierta compaña de descrédito obedece solamente a intereses políticos contingentes.

No hay motivos para dudar de tal afirmación atendida la fuente de que proviene y tranquiliza a quienes conocimos el régimen de nombramiento durante el último de los Presidentes Radicales en que había un turno para designar a jueces y ministros que correspondía a los tres partidos que formaban la coalición de gobierno: Radical, Conservador Y Liberal.

Cierto es que el actual sistema de calificación de los funcionarios del Escalafón Primario, es bastante completo y transparente y que se enterró el viejo sistema de calificación en que los funcionarios cabían en sólo dos categorías, los buenos y los malos, según hubieran sido o no objeto de medidas disciplinarias.

Si el Poder Judicial ha hecho su trabajo, lo lógico será ahora que el ejecutivo y el legislativo hicieran el suyo: designar en las ternas y quinas que se le presenten a los mejores jueces, los incorruptibles, los insensibles al halago y las influencia de la familia y de los amigos, a los más honestos y celosos de su función pública y que; ¡ojalá también sepan mucho derecho!

Para los fiscales, deseamos también las mismas cualidades, añadiendo una indispensable: recordar que, a diferencia de los jueces que pueden redactar las mejores sentencias en su escritorio, los fiscales deberán estar más tiempo en el terreno, en el lugar de los hechos, conocer a los delincuentes de su jurisdicción como antes lo hacían los buenas y honestos policías y dirigir la investigación desde la primera línea, teniendo en cuenta que les corresponderá no solamente perseguir la delincuencia sino impedir que la policía se corrompa en el permanente contacto con los delincuentes.

Y todo, esto tendrá que hacerlo con facultades menguadas, ya que la prueba por excelencia de la participación delictual que muchas veces se obtenía libre y extemporáneamente como es la confesión, ahora le será difícil obtenerla, cuando él o la policía lea al detenido sus derechos entre los que va a resaltar el no decir nada que pueda incriminarlo. Triunfo absoluto de los derechos humanos … del delincuente, pero no de los del ofendido y de sus familias que verán librarse, en muchos casos, a los hechores de un crimen amparados en las dificultades que conlleva a veces el «debido proceso», para los ejecutores de la justicia.

No es este el lugar para emitir opiniones de doctrina penal, que tiene muchos defensores y algunos pocos escépticos, pero, con todas las dificultades propias de la puesta en marcha de un sistema procesal absolutamente diferente al que nos rigiera por casi 100 años, deseamos éxito en su misión a los nuevos fiscales. Advirtámoles eso sí que para dar satisfacción a una sociedad acorralada por el delito, que necesita guardias privados Y altas murallas en los mejores barrios y armas al alcance de la mano en las poblaciones marginales, para defender su integridad física y pus bienes, requerirán entusiasmo y espíritu público y también imaginación y aplicación al trabajo, y una insobornables aspiración de lograr el equilibrio entre los derechos del ofendido y los del ofensor.

                                                                                        Mario Alegría Alegría

92. EL PODER JUDICIAL Y LA SOCIEDAD.

En momentos en que la delincuencia, en todas sus formas alcanza niveles que nunca pensamos que se darían en nuestro país, y, cuando el riesgo para las personas y los bienes ha pasado a ser la preocupación de la población, parece propio que todas las instituciones involucradas hagan sus mejores esfuerzos para devolver a los no delincuentes, la tranquilidad que necesitan.

En este sentido, se sabe de reuniones y comisiones en que se involucran el Ministerio del Interior y la policía civil y uniformada, pero se echa de menos una preocupación del Poder Judicial mayor que la simple aplicación de la ley. En efecto, el artículo 5° del Código Civil impone a la Corte Suprema y a las Cortes de Apelaciones, la obligación de dar cuenta al Presidente de la República, en el mes de marzo de cada año de las dudas y dificultades que les hayan ocurrido en la inteligencia y aplicación de las leyes, y de los vacíos que noten en ellas».

Esta obligación, en el caso de la legislación penal y procesal, creemos que obliga a las Cortes a referirse no solamente a los aspectos formales, sino a las leyes sustantivas penales, vale decir a la liviandad o gravedad de las penas que la ley actual impone a los delitos y a las conductas impropias que actualmente no se sancionan o que conllevan livianísimas penas. Los «vacíos que noten en ellas» es una expresión muy amplia que debería bastarle al poder judicial para involucrarse, indirectamente al menos, en el proceso legislativo al proponer modificaciones útiles para la protección de la sociedad amenazada por la violencia.

Es decir el Poder Judicial no sólo debe ser oído en diversas materias que le atañen como cuando se trata de una modificación de la ley orgánica constitucional que determina la organización y atribuciones de los Tribunales, sino que está en situación de sugerir al ejecutivo aquellas leyes que se refieran a la seguridad ciudadana que le aparezcan como necesarias para llenar vacíos legislativos. En este sentido, tal prerrogativa pasaría también a ser una obligación si se considera que el Poder Judicial forma parte del Estado y que éste de acuerdo con el inciso. 4° del artículo 10 de la Constitución Política vigente «está al servicio de la persona humana», la misma que se encuentra actualmente agredida, violentada y atemorizada por la delincuencia.

En estas circunstancias corresponde al Poder Judicial y más especiflcaniente a los Tribunales Superiores hacer saber :,l Presidente de la República lo que hace falta en las leyes para asegurar la vida y el patrimonio de las personas.

Pero, además, hay otras formas en que el Poder Judicial como tal y aim antes de las reformas procesales podría actuar eficazmente contra la delincuencia cuando los hechos punibles son de pública notoriedad.

Al respecto, un canal de televisión ha presentado recientemente una información bastante completa sobre la usura que alcanzaría, al menos en la capital, niveles insospechados por la mayoría de la población. Se habló de veinticinco mil millones de pesos que se prestaría mensualmente con intereses por sobre el limite máximo autorizado por la ley. Pero lo que llamó la atención fue que el periodista, como conclusión de la información expresó que en Chile, nunca se había condenado a nadie por usura y esto es un error inexcusable, puesto que, si bien no son muchas las sentencias que existen al respecto, hay casos en que. la justicia actuó con prontitud y eficacia.

En efecto, durante la, Presidencia de don Carlos Ibáñez del Campo (1952-1958), se produjo, entre otros factores debido a los altos índices de inflación, un período de gran especulación bursátil y para ello, quienes «jugaban en la bolsa» recurrieron a préstamos de particulares que se arriesgaron con tal de recibir intereses del 10% mensual. Esas actividades siendo ilegales, eran muchísimo menos sórdidas y peligrosas que las actuales redes de la usura, pero un juez del Crimen de Valparaíso, decidió si no suprimirlas, al menos afectarlas severamente. Actuando de oficio en una diligencia dirigida por él mismo, de’ tuvo a trece de las personas involucradas, los cuales, en su totalidad, resultaron en definitiva condenadas, aunque la mayoría de ellos no merecieran la clara calificación de usureros que corresponde aplicar a quienes actualmente trafican en Santiago con la necesidad ajena.

Al ver el programa, me asistió la convicción de que los jueces del Crimen, en cuyas jurisdicciones actúan estas oficinas establecidas públicamente, podrían ponerse de acuerdo para asestar un verdadero golpe a esa forma de delito organizado, con un allanamiento simultáneo y masivo de dichos locales para detener en un solo día a los involucrados llegando hasta los grandes capitalistas de la organización.

Así se procedió en el caso que comento en la década del 60 en Valparaíso con los resultados descritos. Probablemente será más difícil ahora lograr un éxito total como entonces, pero, si los jueces se atreven, seguramente podrían asestar un duro golpe a la usura en Santiago y en el país, por el efecto intinildatorio que tendría una diligencia de esta naturaleza.

Mario Alegría Alegría