93. RECADO PARA LOS NUEVOS FISCALES.

Recién se inicia en dos regiones del país, el mas ambicioso plan de reforma de  la justicia penal que Chile haya conocido.El nuevo Código, cuyo comentario ha merecido muchísimos artículos de prensa y televisión,era un anhelo muy sentido de los hombres de derecho y una respuesta a la insatisfacción general sobre la labor de los tribunales, que se expresa en la pobre calificación pública que alcanza en las encuestas.
Cuando se han vivido muchos años dentro y fuera de los tribunales, la experiencia enseña a tener un cauto optimismo en cuanto a los resultados próximos de la reforma.
La eficacia de la ley no resulta muchas veces de su propio contenido sini de quienes la aplican y sobre todo de la recepción que le dispense la comunidad.
Para afrontar la responsabilidad que, en la reforma cabe a los fiscales, quisiera recordarles lo que un parlamentario dijera, en las primeras décadas de este siglo acerca del poder de los jueces ( cito de memoria). «En Chile , no es el Presidente de la República ni el Ministro del Interior quien tiene mas poder, porque a uno y otro le está vedado infringir los derechos constitucionales protegidos, sino que el mas poderoso es el mas modesto juez de departamento, que puede privar de libertad, violar la intimidad sacrosanta del hogar, violar el secreto de la correspondencia y afectar el patrimonio de las personas,en uso de las facultades que la ley le otorga».  Años mas tarde habría que agregar que el mismo juez podría coartat la libertad de expresión prohibiendo a los medios de prensa dar noticia acerca de un delito durante su investigación.
Y ¿ qué hicieron los jueces durante muchos años hasta que el aumento de causas a su cargo y la complejidad de las nuevas figuras penales les impidieran materialmente abandonar sus oficinas? ¿Qué hicieron estos hombres dotados de tantos poderes y con la obligación de investigar que les imponía y aun les impone el Libro III del C. de P.P. y especialmente el artículo 105 de dicho cuerpo legal, que dice » Sin esperar denuncia ni querella alguna , deberá el juez competente instruir sumario de oficio, siempre que, por conocimiento personal, por avisos confidenciales, por notoriedad o pr cualquier otro medio, llegare a su noticia la perpetración de un delito… etc»?
La verdad es que, con contadas escepciones, los jueces entregaron la investigación a la policía civil o uniformada, muchas veces emitiendo «una orden amplia » con facultad de allanar no uno o varios domicilios determinados como lo ordena la ley, sini autorizando el allanamiento de los domicilios » en donde se presumiere» que pudiera encontrarse el autor, cómplice o encubridor del delito. Este tipo de órdenes, dejó de expedirse hace algunos años.
En el lapso en que los jueces pudieron investigar  y efectivamente lo hicieron, la justicia pudo ser rápida y expedita, entre varios ejemplos que conocí personalmente relato uno que demuestra mi acerto: corría la época de los sesenta y un juez subrogante de turno en Valparaíso fue despertado por carabineros para manifestarle que se había cometido un homicidio en una calle del cerro Barón  y que no había indicio de los hechores, con el propósito de que el juez, como era costumbre, diera la órden de «levantar el cadáver y enviarlo a la morgue».
Esta vez, el juez no actuó así, concurrió hasta el lugar de los hechos.
El cadáver presentaba  varias heridas cortopunzantes y la policía pensaba que se trataba de una riña callejera y que difícilmente se encontrarís a los hechores que habían huido. Al juez le llamó la atención el escaso sangramiento en una muerte que parecía causada por una anemia aguda. Pidió un linterna, se alejó del sitio unos veinte metros del ángulo formado por la esquina y a la luz de ese foco pudo observar el rastro de un salpicado de sangre en la muralla, propio del traslado de un herido. Siguió el rastro hasta llegar a la puerta de un conventillo que sí era el lugar del homocidio y una hora despues, allanado el lugar con ayuda de la policía, hacía detener al autor confeso y recogía el testimonio acusatorio de varios habitantes de la vivienda. Al llegar el juez titular una semana despues, el autor del delito estaba encargado reo, la investigación terminada y el sumario a punto de cerrarse.
En este caso, en unos sesenta días podría haber estado el reo condenado en primera instancia, solamente porque el juez instructor usó adecuadamente las herramientas que le daba la ley.
Podría reseñar varios casos muy parecidos, incluso el hallazgo hace unos treinta años de un laboratorio para producir cocaína muy pura, en pleno centro de Viña del Mar, con el decomiso de un par de kilos del producto y la detención y confesión de los autores, por parte de un juez del crimen que » se atrevía», a investigar por sí mismo.
Cierto es que se trataba de delitos sencillos y que estos ejemplos no son equivalentes a los mas complejos que la vida moderna ha contribuído a configurar y que la ley ha debido sancionar,pero demuestra que la investigación que hacía personalmente el juez y ahora un fiscal, será siempre más eficiente que la que dirija solamente la policía, por competente que sea.
                                                                                Mario Alegría Alegría
Publicado en el diario el Mercurio de Valparaíso el 8 de enero 2001.

60. LOS VILLANCICOS DE LA LIBERTAD.

 

 

Es bien sabido que en determinadas ocasiones o fiestas en que se celebran hechos que han tenido especial relevancia para el destino de un pueblo y a veces para la evolución histórica de la cultura occidental, los espíritus se conmueven por el valor simbólico que representan. Véase si no, el ambiente de fiesta marcial de los diecinueve de septiembre en Chile, cómo se ve hermoso el cielo y la cordillera nevada y cómo al son de las marchas con que se desarrollan los desfiles, los niños y los grandes sentimos cierta vanidad y orgullo por nuestro pasado y nuestros héroes que sacrificaron sus vidas cumpliendo más allá del deber descrito en las ordenanzas. Si esto ocurre en septiembre, Navidad es la ocasión del reencuentro con los sentimientos fraternales, con la caridad y con la comprensión de las debilidades de los demás, y con el amor, ese amor que trasciende el sexo y la familia, que abarca a la humanidad toda, a partir del niño nacido en el Belén de los cristianos, el Bethlehen de los judíos o el Beit Lahnn de los árabes, pero que, expresado en el idioma de todos los pueblos occidentales, es el símbolo de lo bueno y también de la liberación de los pobres y de los oprimidos.

A estos confusos sentimientos, que nos embargan en esas y otras ocasiones, no son ajenos los jueces, hombres y mujeres al fin, que por mucho que pongan la ley por encima de sus sentimientos y que, como la justicia, pretendan ser ciegos ejecutores de ella, no pueden sustraerse al ambiente que los rodea fuera de los tribunales, en las calles y en sus hogares. La música, el arreglo de las vitrinas, la algarabía de los niños, y el tráfago incesante que congestiona las calles y avenidas.

Esto resulta tan cierto que estadísticarnente, al menos hasta hace pocos años, las excarcelaciones bajo fianza otorgadas a los procesados aumentaban en número en las fechas cercanas a Navidad.

Esto lo sabían los abogados con experiencia que reservaban los casos difíciles de excarcelar, en los que las resoluciones siempre habían sido negativas, para hacer un nuevo intento en fecha cercana a Navidad lo que más de una vez resultó ser una fórmula exitosa.

Desde los años treinta y por varias décadas don Robinson Alvarez fue un abogado criminalista de renombre, conocido además por haber sido presidente del Colo Colo en varios períodos.

Era don Robinson de baja estatura, más bien delgado, de claros ojos azules y de un humor chispeante, según sus amigos, ya que yo penas si lo vi algunas veces cuando venía a la Corte de Valparaíso, en ocasiones que un cliente importante lo requería. Era también el señor Alvarez un hombre ingenioso y con imaginación, cualidades que mucho ayudan al thogado cuando se agregan a un buen conociniento del derecho, como ocurría en este caso.

Yo no fui testigo de la anécdota que relato a continuación, porque es bastante anterior aún la época que iniciara mis estudios de Derecho, pero la escuché  de labios del antiguo funionario de la Corte de Apelaciones, de Valparaíso, don Carlos García Gómez, Bachiller en leyes que ilustró con su experiencia y buen criterio a muchos de los jóvenes estudiantes que pasarnos por la secretaría del Tribunal.

El edificio de la Corte de Apelaciones no era el actual ubicado en la Plaza de la Justicia sino otro bastante más modesto, de apenas dos plantas y situado casi frente a la estación Bellavista de Ferrocarriles. La poca altura del edificio hacía que sus salas de alegatos se encontraran cercanas al nivel de la calle. En una de esas salas don Robinson tendría que alegar para solicitar, por enésima vez, que se otorgara la excarcelación bajo fianza a uno de sus clientes a quien el Tribunal de primera instancia se la había negado reiteradamente.

Esta vez la apelación se dedujo calculadamente muy cerca de Navidad y la causa la, conoció la Corte justamente en la víspera de esa fecha. Terminada la relación y apenas inició el señor Alvarez su alegato en favor de la excarcelación de su defendido, se escuchó, a través de las ventanas del Tribunal, el primero de varios villancicos de Navidad que tocaba un modesto organillero de esos que aún quedan en escaso número péro que por entonces recorrían regularmente las calles de nuestras ciudades. De ese modo, mientras el abogado se refería a la inocencia de su defendido aún no demostrada cabalmente, por lo que se mantenía su condición de procesado, y de la angustia de su familia que lo esperaba en el hogar para celebrar con él su libertad y la Navidad, los sones de la música callejera, acompañaban como telón musical sus argumentos y sus peticiones.

Puede haber sido una casualidad pero, junto con terminar su alegato se acabó el último villancico, el dueño del organillo se lo echó al hombro y siguió su ruta callejera y, el defendido de don Robinson obtuvo su libertad bajo fianza, tantas veces denegada.

Lo que nunca se supo fue si había sido una mera coincidencia la presencia del organillo y sus melodías  en esa víspera de Navidad o si había mediado un contrato suscrito por el habilidoso abogado para obtener la música de fondo,pero lo cierto fue que, sin lugar a dudas, para el reo excarcelado, estos fueron los villancicos de la libertad. 

                                                                                        Mario Alegría Alegría

 

Publicado en El Mercurio de Valparaíso, el 8 de Agosto de 1997

59. OTRO RECADO PARA LOS NUEVOS FISCALES.

 

En una nota anterior me referí al poder de los jueces del crimen y a su capacidad y atribuciones para investigar personalmente los delitos, con el auxilio de la policía, pero sin encargar a ésta la conducción de las diligencias indagatorias.

A los fiscales corresponderá ahora esa tarea, pero con muchisimos menos atribuciones, ya que tendrán que recurrir a menudo a los jueces de garantía para obtener las órdenes que hasta ahora, los jueces del antiguo sistema podían emitir por sí mismos.

Nadie puede saber como funcionará el sistema. salvo a través de las experiencias de otros países en que se encuentra establecida desde bastante tiempo la justicia que investiga, independiente del Juez que absuelve o condena en mérito de las pruebas recogidas por aquella. En Argentina y Perú existen fiscales y jueces, pero basta pensar en la calidad de la justicia en el último de los países citados para confirmarnos en la idea que la justicia, para ser tal, requiere más de hombres sabios que de leyes dictadas por legisladores sabios.

La otra condición, que de algún modo se corresponde con la idea ya expresada, es que a los jueces hay que dejarlos trabajar, con absoluta libertad y sin más controles que los establecidos en la Constitución y la ley. Por eso, ojalá que se mantenga lo que declara, en estos días, el Presidente de la Corte Suprema: que la justicia no está siendo presionada por el ejecutivo y que cierta campaña de descrédito obedece solamente a intereses políticos contingentes.

No hay motivos para dudar de tal afirmación atendida la fuente de que proviene y tranquiliza a quienes conocimos el régimen de nombramiento durante el último de los presidentes radicales en que había un turno para designar a jueces y ministros que correspondía a los tres partidos que formaban la coalición de gobierno: Radical, Conservador y Liberal.

Cierto es que el actual sistema de calificación de los funcionarios del escalafón primario, es bastante completo y transparente y que se enterró el viejo sistema de calificación en que los funcionarios cabían en sólo dos categorías, los buenos y los malos, según hubieran sido o no objeto de medidas disciplinarias.

Si el Poder Judicial ha hecho su trabajo, lo lógico será ahora que el ejecutivo y el legislativo hicieran el suyo: designar en las ternas y quinas que se le presenten a los mejores jueces, los incorruptibles, los insensibles al halago y las influencias de la familia y de los amigos, a los más honestos y celosos de su función pública que ¡ojalá también sepan mucho de derecho!

Para los fiscales, deseamos también las mismas cualidades, añadiendo una indispensable: recordar que, a diferencia de los jueces que pueden redactar las mejores sentencias en su escritorio, los fiscales deberán estar más tiempo en el terreno, en el lugar de los hechos, conocer a los delincuentes de su jurisdicción como antes lo hacían los buenos y honestos policías y dirigir la investigación desde la primera línea, teniendo en cuenta que les corresponderá no solamente perseguir la delincuencia sino impedir que la policía se corrompa en el permanente contacto con los delincuentes.

Y todo esto tendrá que hacerlo con facultades menguadas, ya que la prueba por excelencia de la participación delictual que muchas veces se obtenía libre y extemporáneamente como es la confesión, ahora le será difícil obtenerla, cuando él o la policía lea al detenido sus derechos entre los que va a resaltar el no decir nada que pueda incriminarlo. Triunfo absoluto de los derechos humanos… del delincuente, pero no de los del ofendido y de sus familias que verán librarse, en muchos casos, a los hechores de un crimen amparados en las dificultades que conlleva a veces el «debido proceso», para los ejecutores de la justicia.

No es este el lugar para emitir opiniones de doctrina penal, que tiene muchos defensores y algunos pocos escépticos, pero, con todas las dificultades propias de la puesta en marcha de un sistema procesal absolutamente diferente al que nos rigiera por casi 100 años, deseamos éxito en su misión a los nuevos fiscales. Advirtámosles, eso si, que para dar satisfacción a una sociedad acorralada por el delito, que necesita guardias privados y altas murallas en los mejores barrios y armas al alcance de la mano en las poblaciones marginales, para defender su integridad física y sus bienes requerirán entusiasmo y espíritu público y también imaginación y aplicación al trabajo, y una insobornable aspiración de lograr el equilibrio entre los derechos del ofendido y los del ofensor.

                                                                                   Mario Alegría Alegría

 

Publicado en El Mercurio de Valparaíso,el 22 de Enero del 2001