95. ¿CÓMO SE EXPLICA?

El examen de los resultados financieros de las grandes empresas de nuestro país, en el último trimestre, deja algunas incógnitas para quienes no somos ni economistas de Chicago ni socialistas renovados. Nos sorprende, por decir lo menos, y debieran preocuparnos el día de hoy y en el futuro.

En efecto, no se necesita ser un experto para concluir que nuestro país atraviesa una grave crisis económica que incluso afecta a los equilibrios de la macroeconomía que aparecía como el reducto “blindado” desde el cual pontificaban nuestros gobernantes. Un país con el 10% de desocupados, con déficit de balanza de pagos y déficit fiscal que ya no puede ocultarse y que dos tercios de sus pequeñas y medianas industrias tienen serios problemas para subsistir, es claramente un país en crisis.

Y, sin embargo cuando hay 400.000 empresas medianas y pequeñas abrumadas por sus deudas con el sistema financiero, éste logra los resultadosmas brillantes de los últimos tiempos. Los bancos en Chile, en el último trimestre han subido en promedio sus utilidades en mas de un 30% y hay algunos cuyas ganancias se elevan a un 60% sobre el mismo trimestre del año anterior!. Desde otro punto de vista su utilidad sobre capital ha sobrepasado, en algunos casos el 30%..!

Los especialistas concluyen, sin excepciones que estas extraordinarias utilidades corresponden a mejoras de gestión y a los altos “Spreads” que obtienen por su intermediación financiera. Las “mejoras de gestión” ya las conocemos y no son otra cosa que el proceso de concentración de la propiedad bancaria que ha tenido como efecto inmediato el cierre de sucursales duplicadas y el despido de cientos y quizás miles de funcionarios de los servicios financieros; que han disminuido obviamente, sus costos.

El “spreads” es expresado en forma simple, la diferencia entre la tasa de captación y la de colocación de los capitales que toma en préstamo el banco para prestarlos a su vez, a las empresas grandes o pequeñas que requieren capital para invertir o para funcionar.

Revisando algunas tablas diarias, se puede observar en las últimas semanas que la tasa de captación a 30 días ha variado entre el 0,55 y el 0.75 por ciento mientras que la tasa de colocación dependiendo del banco y del cliente se ha mantenido, en general sobre el 2% para igual plazo y llegado en promedio al 2,5% aproximadamente.  Este costo se aumenta en algunos casos con comisiones y, siempre con el impuesto al mutuo, de beneficio fiscal.

Es decir, la relación tasa de captación, tasa de colocación es de aproximadamente de uno a tres.

Si pensamos en un plazo de doce meses, el interés puede llegar al 30% y, es obvio que casi ninguna actividad económica en Chile salvo algunas……..  y los bancos producen utilidades como para pagar ese costo por el dinero.

Ahora, si el deudor, se atrasa en el plazo de sus cuotas, cae técnicamente en mora y es posible que los intereses de la mora sean aún superiores a los que señalamos. Se le ofrece renegociar la deuda, para lo cual se capitalizan los intereses, figura prohibida por el Código Civil, y se aumentan los plazos, estrechando aún mas la cuerda al cuello del deudor.

Y todo esto ocurre en una economía deprimida con un crecimiento no mayor al 4% del año, y en que si queremos graficar el problema se puede recurrir al ejemplo de la torta, en que la tajada que se agranda es en desmedro de las que corresponde a las demás personas. Es decir, las decenas de miles de millones de mayor utilidad de los bancos, los han pagado en Chile todas las empresas grandes, medianas y pequeñas que no intermedian capitales sino que producen bienes y servicios que son los únicos capaces de generar empleos además del Fisco que debe financiarlos con impuestos que pagamos todos los chilenos.

Hoy se encuentran regulados por la ley y por la autoridad financiera los intereses máximos que pueden cobrarse según se trate en obligaciones en moneda nacional corriente, o indexadas según UF, o en moneda extranjera, pero no hay ninguna regulación acerca de los “Spreads” en los bancos, esa diferencia capaz de generar tan grandes utilidades en una economía en crisis.

La pregunta del millón es ¿ Porqué no hay interés sobre la materia? ¿Porqué no hay un anuncio siquiera de que se observa esta situación con inquietud por la autoridad?

Regular el “Spreads” para impedir el agobio de los deudores, debería ser tarea común y prioritaria de todos políticos.  De la derecha, porque no solamente se ha pronunciado el Papa contra las injusticias del mercado, sino porque el “bien común” propio del jus naturalismo exige ponerle remedio y de los partidos de gobierno porque igual obligación cabe a la democracia cristiana si no ha olvidado sus principios sociales y a los socialistas renovados o no, y a los social demócratas que aspiran a establecer una economía social de mercado, es decir en que se morigeren los efectos a veces perniciosos del mercado, en beneficio del interés social.

Donde está el bien común para la derecha? Donde la regulación del mercado de la social democracia cuando se producen situaciones como las descritas ?. Creemos que los chilenos merecemos un explicación, al menos, los que no tenemos conflictos de intereses o especiales expectativas en estos meses previos a las elecciones.

Mario Alegría Alegría.

Publicado en El Mercurio de Valparaíso el 26 Mayo de 2001

94. RECADO PARA LOS NUEVOS FISCALES II.

En una nota anterior me referí al poder de los jueces del crimen y a su capacidad y atribuciones para investigar personalmente los delitos, con el auxilio de la policía pero, sin encargar a ésta la conducción de las diligencias indagatorias.

A los fiscales corresponderá ahora esa tarea, pero con muchísimos menos atribuciones, ya que tendrán que recurrir a menudo a los jueces de garantía para obtener las ordenes que, hasta ahora, los jueces del antiguo sistema pueden emitir por sí mismos.

Nadie puede saber como funcionará el sistema, salvo a través de las experiencias de otros países en que se encuentra establecida desde bastante tiempo la justicia que investiga, independiente del Juez que absuelve o condena, en mérito de las pruebas recogidas por aquélla. En Argentina y Perú existen fiscales y jueces, pero basta pensar en la calidad de la justicia en el último de los países citado para confirmamos en la idea que la justicia para ser tal requiere más de hombres sabios, que de leyes dictadas por legisladores sabios.

La otra condición que, de algún modo se corresponde con la idea ya expresada es que a los jueces hay que dejarlos trabajar, con absoluta libertad y sin más controles que los establecidos en la Constitución y la ley. Por eso, ojalá que se mantenga lo que declara, en estos días, el Presidente de la Corte Suprema: que la justicia no está siendo presionada por el ejecutivo y que cierta compaña de descrédito obedece solamente a intereses políticos contingentes.

No hay motivos para dudar de tal afirmación atendida la fuente de que proviene y tranquiliza a quienes conocimos el régimen de nombramiento durante el último de los Presidentes Radicales en que había un turno para designar a jueces y ministros que correspondía a los tres partidos que formaban la coalición de gobierno: Radical, Conservador Y Liberal.

Cierto es que el actual sistema de calificación de los funcionarios del Escalafón Primario, es bastante completo y transparente y que se enterró el viejo sistema de calificación en que los funcionarios cabían en sólo dos categorías, los buenos y los malos, según hubieran sido o no objeto de medidas disciplinarias.

Si el Poder Judicial ha hecho su trabajo, lo lógico será ahora que el ejecutivo y el legislativo hicieran el suyo: designar en las ternas y quinas que se le presenten a los mejores jueces, los incorruptibles, los insensibles al halago y las influencia de la familia y de los amigos, a los más honestos y celosos de su función pública y que; ¡ojalá también sepan mucho derecho!

Para los fiscales, deseamos también las mismas cualidades, añadiendo una indispensable: recordar que, a diferencia de los jueces que pueden redactar las mejores sentencias en su escritorio, los fiscales deberán estar más tiempo en el terreno, en el lugar de los hechos, conocer a los delincuentes de su jurisdicción como antes lo hacían los buenas y honestos policías y dirigir la investigación desde la primera línea, teniendo en cuenta que les corresponderá no solamente perseguir la delincuencia sino impedir que la policía se corrompa en el permanente contacto con los delincuentes.

Y todo, esto tendrá que hacerlo con facultades menguadas, ya que la prueba por excelencia de la participación delictual que muchas veces se obtenía libre y extemporáneamente como es la confesión, ahora le será difícil obtenerla, cuando él o la policía lea al detenido sus derechos entre los que va a resaltar el no decir nada que pueda incriminarlo. Triunfo absoluto de los derechos humanos … del delincuente, pero no de los del ofendido y de sus familias que verán librarse, en muchos casos, a los hechores de un crimen amparados en las dificultades que conlleva a veces el «debido proceso», para los ejecutores de la justicia.

No es este el lugar para emitir opiniones de doctrina penal, que tiene muchos defensores y algunos pocos escépticos, pero, con todas las dificultades propias de la puesta en marcha de un sistema procesal absolutamente diferente al que nos rigiera por casi 100 años, deseamos éxito en su misión a los nuevos fiscales. Advirtámoles eso sí que para dar satisfacción a una sociedad acorralada por el delito, que necesita guardias privados Y altas murallas en los mejores barrios y armas al alcance de la mano en las poblaciones marginales, para defender su integridad física y pus bienes, requerirán entusiasmo y espíritu público y también imaginación y aplicación al trabajo, y una insobornables aspiración de lograr el equilibrio entre los derechos del ofendido y los del ofensor.

                                                                                        Mario Alegría Alegría

93. RECADO PARA LOS NUEVOS FISCALES.

Recién se inicia en dos regiones del país, el mas ambicioso plan de reforma de  la justicia penal que Chile haya conocido.El nuevo Código, cuyo comentario ha merecido muchísimos artículos de prensa y televisión,era un anhelo muy sentido de los hombres de derecho y una respuesta a la insatisfacción general sobre la labor de los tribunales, que se expresa en la pobre calificación pública que alcanza en las encuestas.
Cuando se han vivido muchos años dentro y fuera de los tribunales, la experiencia enseña a tener un cauto optimismo en cuanto a los resultados próximos de la reforma.
La eficacia de la ley no resulta muchas veces de su propio contenido sini de quienes la aplican y sobre todo de la recepción que le dispense la comunidad.
Para afrontar la responsabilidad que, en la reforma cabe a los fiscales, quisiera recordarles lo que un parlamentario dijera, en las primeras décadas de este siglo acerca del poder de los jueces ( cito de memoria). «En Chile , no es el Presidente de la República ni el Ministro del Interior quien tiene mas poder, porque a uno y otro le está vedado infringir los derechos constitucionales protegidos, sino que el mas poderoso es el mas modesto juez de departamento, que puede privar de libertad, violar la intimidad sacrosanta del hogar, violar el secreto de la correspondencia y afectar el patrimonio de las personas,en uso de las facultades que la ley le otorga».  Años mas tarde habría que agregar que el mismo juez podría coartat la libertad de expresión prohibiendo a los medios de prensa dar noticia acerca de un delito durante su investigación.
Y ¿ qué hicieron los jueces durante muchos años hasta que el aumento de causas a su cargo y la complejidad de las nuevas figuras penales les impidieran materialmente abandonar sus oficinas? ¿Qué hicieron estos hombres dotados de tantos poderes y con la obligación de investigar que les imponía y aun les impone el Libro III del C. de P.P. y especialmente el artículo 105 de dicho cuerpo legal, que dice » Sin esperar denuncia ni querella alguna , deberá el juez competente instruir sumario de oficio, siempre que, por conocimiento personal, por avisos confidenciales, por notoriedad o pr cualquier otro medio, llegare a su noticia la perpetración de un delito… etc»?
La verdad es que, con contadas escepciones, los jueces entregaron la investigación a la policía civil o uniformada, muchas veces emitiendo «una orden amplia » con facultad de allanar no uno o varios domicilios determinados como lo ordena la ley, sini autorizando el allanamiento de los domicilios » en donde se presumiere» que pudiera encontrarse el autor, cómplice o encubridor del delito. Este tipo de órdenes, dejó de expedirse hace algunos años.
En el lapso en que los jueces pudieron investigar  y efectivamente lo hicieron, la justicia pudo ser rápida y expedita, entre varios ejemplos que conocí personalmente relato uno que demuestra mi acerto: corría la época de los sesenta y un juez subrogante de turno en Valparaíso fue despertado por carabineros para manifestarle que se había cometido un homicidio en una calle del cerro Barón  y que no había indicio de los hechores, con el propósito de que el juez, como era costumbre, diera la órden de «levantar el cadáver y enviarlo a la morgue».
Esta vez, el juez no actuó así, concurrió hasta el lugar de los hechos.
El cadáver presentaba  varias heridas cortopunzantes y la policía pensaba que se trataba de una riña callejera y que difícilmente se encontrarís a los hechores que habían huido. Al juez le llamó la atención el escaso sangramiento en una muerte que parecía causada por una anemia aguda. Pidió un linterna, se alejó del sitio unos veinte metros del ángulo formado por la esquina y a la luz de ese foco pudo observar el rastro de un salpicado de sangre en la muralla, propio del traslado de un herido. Siguió el rastro hasta llegar a la puerta de un conventillo que sí era el lugar del homocidio y una hora despues, allanado el lugar con ayuda de la policía, hacía detener al autor confeso y recogía el testimonio acusatorio de varios habitantes de la vivienda. Al llegar el juez titular una semana despues, el autor del delito estaba encargado reo, la investigación terminada y el sumario a punto de cerrarse.
En este caso, en unos sesenta días podría haber estado el reo condenado en primera instancia, solamente porque el juez instructor usó adecuadamente las herramientas que le daba la ley.
Podría reseñar varios casos muy parecidos, incluso el hallazgo hace unos treinta años de un laboratorio para producir cocaína muy pura, en pleno centro de Viña del Mar, con el decomiso de un par de kilos del producto y la detención y confesión de los autores, por parte de un juez del crimen que » se atrevía», a investigar por sí mismo.
Cierto es que se trataba de delitos sencillos y que estos ejemplos no son equivalentes a los mas complejos que la vida moderna ha contribuído a configurar y que la ley ha debido sancionar,pero demuestra que la investigación que hacía personalmente el juez y ahora un fiscal, será siempre más eficiente que la que dirija solamente la policía, por competente que sea.
                                                                                Mario Alegría Alegría
Publicado en el diario el Mercurio de Valparaíso el 8 de enero 2001.