57. NO BASTA CON SER HONORABLES.

 

 

Hace unos días concurrió a mi oficina el hijo de un ex compañero del liceo que murió en un accidente en el Puerto a preguntarme por el estado de la causa en que se demanda indemnización por esa muerte, en favor de su cónyuge y de sus hijos.

Lo hizo con mucha cortesía, pero en el fondo había una queja implícita ¡Hasta cuándo!

En efecto, en primera instancia después de más de dos años de proceso se dictó una sentencia en que parcialmente se acogió nuestra  demanda, y como es habitual en estos casos, todas las partes involucradas apelamos y de eso ¿cuánto tiempo?  Revisamos el archivo y van a cumplirse dos años sin que la Corte de Apelaciones haya visto la causa.

Siempre en el mismo tono de cortés inquietud, me preguntó por qué su causa o la causa de su familia demoraba tanto en la Corte, cuando él sabía, por amigos que habían anulado su matrimonio, que el trámite total en esos juicios duraba unos cuatro meses y que en la Coite se fallaban esas causas en dos meses.

Me costó un poco decirle que eso ocurría porque un juicio de nulidad de matrimonio en que lo único que se hace, es revisar la corrección de una prueba mendaz pero simple y el cumplimiento de trámites de rutina, toma a un relator con cierta experiencia no más de veinte minutos de estudio y que, otro tanto, si no menos demora la sala correspondiente en fallarla, mientras que el litigio familiar no era tan fácil de estudiar por la variedad y extensión de la prueba rendida y que el fallo podría tomar muchas horas al redactor para hacer un buen trabajo.

Le expliqué, con la experiencia de varios períodos en que nos desempeñarnos en la Corte, hace cuarenta o más años funcionarios ahora alejados de la administración de justicia como Edgardo Pineda Yunge, jubilado como ministro de la Corte de Apelaciones de Valdivia y Eduardo Bravo Ubilla, actual Notario Público de Valparaíso que los Tribunales Superiores en Chile, siempre habían tenido considerable retraso, con contadas excepciones.

Eran otros tiempos y otros sistemas, la Corte de Apelaciones de Valparaíso como todas en Chile, trabajaban seis días a la semana y, a pesar de eso, mantenía un permanente atraso lo mismo que la Corte Suprema que creo nunca ha estado al día y, al decir «al día», pienso en un plazo no mayor de dos meses para que una causa que «queda en estado de tabla» efectivamente se inserte en el listado de las causas que las diversas Salas de las Cortes de Chile van a ver la semana siguiente.

Cierto es que en la década de los cincuenta el número de causas que ingresaban a los Tribunales de Alzada era mucho menor que hoy, pero cierto es también que el personal superior del Poder Judicial se ha duplicado y en algunos casos más que eso.

Como hemos dicho, el retardo existía, pero en esos años hubo dos Presidentes del Tribunal de Valparaíso, que al terminar su mandato anual dejaron la Corte absolutamente al día hasta el punto que los relatores tenían que buscar causas para preparar la tabla de la semana siguiente. Ellos fueron don Enrique Correa Labra y don Emilio Poblete Poblete, ambos dignísimos magistrados, eruditos y con enorme capacidad de trabajo que, con sobrados méritos, llegaron a la Corte Suprema. Pero la verdad es que allí, al parecer no pudieron vencer la inercia del sistema ya que, el señor Correa Labra siendo Presidente del Tribunal nunca logró lo que había conseguido en Valparaíso, ponerlo al día, y don Emilio Poblete, por razones que ignoramos y deplorarnos, estuvo unos pocos meses en la Corte Suprema antes de jubilar.

En las presidencias de los señores Correa y Poblete, todos los asiintos que podían legalmente despacharse en cuenta, el acuerdo acerca de los fallos y los plenos del Tribunal, se celebraban fuera de las horas de audiencia, dedicadas exclusivamente a la vista de las causas y las salas se instalaban puntualmente a las catorce horas.

Los dos dejaron la Corte al día, con un esfuerzo extraordinario es cierto, porque el retardo no se produce en un año sino en varios, incluso en muchos años, como es el caso de la Corte Suprema.

Hoy he traído a colación esos casos de sobra conocidos, porque es motivo de preocupación nacional la baja estimación que el ciudadano corriente tiene por la justicia y porque, se tramitan en el Congreso Nacional dos acusaciones constitucionales en contra de varios señores Ministros de la Corte Suprema que han desviado la atención de ese mismo público hacia circunstancias que pudieran afectar la honorabilidad de algunos magistrados.

Sin embargo mi percepción del problema es diferente; el Poder Judicial como tal en Chile, hasta ahora ha logrado mantenerse indemne a la corrupción, sin perjuicio de casos puntuales que alguna vez lo afectaron y que oportunamente él mismo corrigió con firmeza, eliminando a los funcionarios venales o curruptos.

Creo, por eso que la opinión peyorativa de la mayoría de los chilenos no se debe a que se considere corrupta a la justicia, sino que se le juzga ineficaz; y muchos creen que la justicia que tarda… simplemente no es justicia, porque cuando la indemnización que se debe y que se paga cinco o seis años después del siniestro no cumple verdaderamente el propósito de reparar el daño y porque quien ve inundarse su departamento por culpa o negligencia de su vecino del piso superior, no quiere saber nada con la justicia, cuando se le hace saber que tiene como perspectiva un litigio caro y de larguísimo trámite.

Faltan indudablemente modificaciones legales no solamente en materia de procedimientos penal como la que ahora se tramita, sino también del procedimiento civil para evitar innecesarias dilaciones y también nuevos tribunales de primera instancia pero ello no excusa el retardo de los tribunales superiores hasta el punto que hoy se observa.

Por eso el título de esta nota es: «no basta con ser honorables», porque como ya lo he señalado, los abogados, en general confiamos en la integridad de los jueces, pero los ciudadanos al término del siglo XX exigen también eficacia en los Poderes Públicos.

Y en este punto hay que recordar que el Congreso Nacional que también merece una pobre opinión a la opinión pública tiene un rezago de 600 proyectos de ley esperando que conozcan de ellos una Cámara de Diputados y un Senado que tiene sesiones: ¡2 días a la semana!

En esas circunstancias, el ciudadano común y corriente se pregunta ¿no significa eso también notable abandono de sus deberes?

Qué queda por hacer al Poder Judicial y al Legislativo, ¿esperar que operen los métodos de control externo establecidos en la Constitución o realizar en examen retrospectivo de su propio trabajo?

Confiamos mucho más en esto último, en que los legisladores y los magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia reciban este aviso de la ciudadanía con el mismo espíritu de otros magistrados, tal vez un poco olvidados, pero que merecieron justo reconocimiento por haber sido no sólo honorables, sino también muy eficientes y con gran capacidad de sacrificio que es lo que ahora se pide a legisladores y juristas para que vuelvan a tener la estimación y el respeto de un país que en la medida que se desarrolla, exige más de los representantes de los poderes públicos.

                                                                                      Mario Alegría Alegría

 

Publicado en El Mercurio de Valparaíso, el 22 de Julio de 1997

49. ¿JUEZ Y PARTE?

 

Hace algunas semanas un parlamentario sorprendido cuando viajaba en su automóvil a 145 kms. por hora por la carretera de Santiago a Valparaíso, y condenado por el señor Juez de Policía Local de Casablanca al pago de una multa y a una larga suspensión de su licencia por su reiterada reincidencia en igual falta, se ha quejado públicamente de que el magistrado don Mario Cortés Cevasco sea «juez y parte» en la causa, por ser también coronel de Carabineros.

Peregrina apreciación del parlamentario, ya que la expresión que él usa se aplica cuando un juez tiene interés en una causa pero no un funcionario del mismo servicio al que él pertenece hace una denuncia de la que deba conocer, sin contar también con que el juez señor Cortés no es el auditor de Carabineros cumpliendo sus funciones en Valparaíso.

Ojalá que el señor diputado no carezca de igual capacidad de análisis para el estudio de los proyectos de ley que debe conocer, ni de tan mala memoria como para infringir las leyes vigentes, sin apercibirse de haberlo hecho.

Por otra parte, sería bueno que quien acusa al juez por ser también auditor del Cuerpo de Carabineros al que pertenecen los denunciantes, conociera un poco mejor la administración pública chilena como para darse cuenta que, en general, los servicios son bastante severos para juzgar a sus propios dependientes, salvo que se trate de aquellos que se encuentran excesivamente politizados en cuyo caso, más de algún correligionario del señor diputado puede hacer sido beneficiado o… perjudicado.

Pero si salimos de la esfera de la administración pública en general y vamos a la administración de justicia en especial, encontramos muestra clara de que en ella casi siempre se sanciona a sus miembros, infractores de la ley, con rapidez y eficacia.

Sin referirnos a casos recientes bastante difundidos y conocidos, creo oportuno recordar algunas «visitas extraordinarias» en la justicia chilena, hace bastantes años, de los que tuve directo conocimiento. La primera de ellas, una visita a la Corte de Valparaíso por el Ministro de la Corte Suprema don Humberto Bianchi. Resultado: dos Ministros y un juez del Crimen trasladados, los cuales jubilaron muy prontamente. Años más tarde una visita del Ministro, por entonces de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, don Enrique Correa Labra al Juzgado de Los Andes, donde el juez cambiaba cheques sin tener fondos. A los dos días, don Enrique Correa volvía con la renuncia del mal juez en el bolsillo. Años después en la jurisdicción de Valdivia, el Ministro don Edgardo Pineda Jungue, perteneciente a una distinguida familia de esta zona, visitaba un juzgado de su jurisdicción en donde el secretario sisaba las multas por infracción a la Ley de Alcoholes. A los pocos días, el secretario había dejado el servicio al que tan mal había servido.

Los casos abundan y demuestran que si de refranes se trata el parlamentario a que nos hemos estado refiriendo pudo aplicar aquel de que «no hay peor cuña que…» y ello porque, en los servicios públicos en general, los superiores conocen la calidad, competencia y honestidad o los defectos de los funcionarios de inferior rango aunque no tengan mando sobre ellos.

El juez de Casablanca recibió una denuncia, respaldada por las declaraciones de cinco funcionarios de Carabineros y un prontuario de faltas que anotaban seis o más infracciones de igual gravedad, lo que parece, no solamente a los abogados sino al común de las personas, prueba suficiente para fundar una sentencia.

No sabemos qué pretende el señor diputado con sus presentaciones en televisión y expresiones que de algún modo encuentran semejanza con las del senador don Jorge Lavandero, cuando hace un par de años atrás sostuvo que estaba autorizado (sic) para infringir las normas sobre velocidad máxima en los caminos. Pero de lo que sí estamos ciertos es que si pretende regresar a la edad media para someterse sólo al juicio de «sus pares» encontraría el más grande repudio de una opinión pública sensibilizada frente al abuso de sus prerrogativas por parte de algunos parlamentarios.

 

Mario Alegría Alegría

 

Publicado en el diario El Mercurio de Valparaíso el 29 de julio de 1999.

48. DELITOS DE LESA HUMANIDAD.

 

Lesa humanidad, lesa Patria ¿qué son?, son humanidad o Patria, agraviada, lastimada, ofendida, dañada, según el diccionario de la lengua.

En estos días es casi un lugar común sostener que los delitos de lesa humanidad son o deben ser imprescriptibles y aunque los tribunales no se hayan pronunciado precisamente en estos términos, han recurrido a diversas interpretaciones de las normas vigentes para llegar a parecidos resultados: Los delitos de lesiones con o sin resultados de muerte cometido por agentes del Estado, son imprescriptibles y aún transcurridos casi treinta años desde que se cometieron, puede perseguirse a sus autores y eventualmente, demandar civilmente al Fisco por el hecho de sus funcionarios o dependientes.

Humanidad se dice del género humano, es obvio que tales delitos por numerosos y frecuentes que puedan haber sido, no se cometieron contra grupos indeterminados de personas sino, contra personas específicas a quienes se persiguió precisamente por sus ideas políticas y por el eventual liderazgo que pudieran ejercer en la oposición.

No significa esta apreciación ni aceptar, ni siquiera explicar los delitos que se cometieron al amparo del poder, sino tratar de situarlos donde jurídicamente corresponde, sin hacer aprovechamiento político del dolor de las personas que fueron agraviadas o de las familias que perdieron un ser querido.

Pero, para ello, me parece propio hacer un distingo: se cometió un delito de lesa humanidad cuando los Estados Unidos, bombardearon Viet Nam con bombas de napalm, quemando vivas a personas no combatientes que si se salvaron sufrieron de por vida las secuelas de sus lesiones, cuando los aliados durante la Segunda Guerra Mundial bombardearon Dresden, ciudad sin importancia estratégica matando «al azar», doscientos mil seres humanos, o cuando Estados Unidos usó bombas atómicas sobre Nagasaki e Hiroshima sabiendo que mataría o condenaría a torturas indescriptibles a decenas de miles de japoneses.

Esos fueron, sin lugar a dudas crímenes de lesa humanidad.

En nuestro país se cometieron actos de terrible crueldad con más de dos mil seres humanos opositores al gobierno militar por suponerseles propósitos subversivos o como injusta vindicta por hechos de violencia que el régimen no pudo controlar o cuyos hechores no llegó a descubrir. Pero, todos ellos se ejecutaron contra personas determinadas, con muchas de las agravantes que consagra la ley penal para aumentar las penas básicas asignadas a los delitos: como, alevosía, aumentar deliberadamente el mal del delito causando otros males innecesarios para su ejecución, premeditación, abuso de las armas en términos que el ofendido no pudo defenderse con probabilidades de repeler la ofensa, con auxilio de gente armada, de noche y/o en despoblado etc ….

La mayoría de los autores de los delitos que se investigan que fueron cometidos por agentes del Estados, seguramente verán o habrían visto aumentadas sus penas por las agravantes de las que se ha hecho un parcial enunciado. El resultado fue dolor y congoja para quienes sufrieron sus efectos o para sus familiares. Pero las pregunta que parece necesario hacerse es: ¿habría sido distinto el dolor de las heridas o el que se sufre por la pérdida de un ser querido si éste hubiera sido víctima de un delito cometido por personas que no eran agentes del estado?. Una violación con resultado de muerte, un homicidio con premeditación y ensañamiento cometido para facilitar un robo, ¿disminuye la congoja familiar o hace variar la situación patrimonial del grupo en forma diferente si se comete por un delincuente común?..

Pareciera ser que la diferencia se encuentra en la sensación de impotencia de las víctimas frente al poder del Estado que les negó la justicia, y que el dolor se exacerbó cuando los Tribunales no pudieron o no quisieron investigar los hechos que se denunciaban.

Cuando esta situación se mantiene por muchos años se explica la dificultad para perdonar y el deseo de infringir al otro, el mismo o parecido dolor que se causó.

Sin embargo, el mismo Código Penal que consagra en su artículo 10° las agravantes que hemos reseñado, contiene en su título V, las formas de extinguirse la responsabilidad penal. No nos referiremos a la amnistía, por las dificultades que se ha encontrado al aplicarla, pero sí, a la prescripción de la acción penal. Cierto es que la mayoría de los delitos que se investigan se cometieron hace más de quince años, con lo cual, se encontrarían a la sazón prescritos, pero una ley interpretativa podría quizás establecer que, para este tipo de actos el plazo de prescripción empezara a correr desde la fecha en que asumió el poder en Chile un Presidente elegido en votación directa por los ciudadanos.

De este modo, delitos más graves cometidos, no se encontrarían prescritos pero sí aquellos sin resultado de muerte cuya persecución agobiaría a los tribunales y haría eterno el proceso de consolidación de la extraviada unidad nacional.

Este artículo ha demorado años en terminar de escribirse. Lo interrumpí, porque, en ese momento no pude concebir una solución razonable para poner fin al desencuentro producido por los sucesos terribles que habían conmocionado a los chilenos hacía 30 años. En el caso de la revolución de 1891, que dejó más de diez mil muertos en los campos de batalla, en que se profanaron los cuerpos del enemigo y se multiplicaron los saqueos y requisas por los triunfadores, que se habían alzado en contra del gobierno invocando su apoyo a la constitución y a las leyes la animadversión duró un período parecido pero, sin la acritud presente.

Sin embargo, en este lapso, la situación ha cambiado, porque los tribunales chilenos, en forma general han aceptado, siguiendo una corriente internacional, la figura del secuestro permanente y la no aplicación de la prescripción a los llamados delitos de genocidio primero y, después a los delitos cometidos por agentes del estado.

Con esto la ley de amnistía aún vigente y no derogada aunque los últimos gobiernos hayan tenido sobradas mayorías para hacerlo, favoreció solamente a quienes atentaron contra la seguridad del Estado, infiltrando, para socavar la disciplina, los cuerpos armados y agrediendo a la fuerza pública y apropiándose de propiedad privada por motivos considerados políticos.

Además en los periódicos ha reaparecido nuevamente la publicitada figura del juez español don Baltasar Garzón, disponiendo la apertura de fosas comunes en que se supone enterrados los cuerpos de izquierdistas ejecutados durante la Guerra Civil Española, en 1936, es decir más de setenta años, en rescate de la memoria y suponemos que para sancionar a los culpables, si alguno aún se tiene en pié. No he sabido que haya dispuesto también la exhumación de las monjas y curas torturados y ejecutados por los gobiernistas en las fases iniciales del conflicto.

El autor de este artículo casi siempre procuró, en sus notas periodísticas esbozar en la conclusión alguna reflexión que condujera a cada lector a extraerla por sí mismo o que enunciara una solución que le pareciera razonable. En este caso rehusa hacerlo, pero recuerda a quien lea este escrito inconcluso, que no solo algunas escuelas sociológicas comparan a las sociedades con el organismo humano, sino que toda la naturaleza nos invita a admirarla por una armonía sobrecogedora, alterada solo por la obra destructora del hombre que no quiere sentirse parte de ella, sino su señor absoluto.

Toda la naturaleza nos enseña que las heridas por dolorosas y profundas que sean se curan y cicatrizan a menos que el resultado de ellas haya sido la muerte de la víctima y nos muestra que no es sano mantenerlas abiertas o reabrirlas de vez en cuando para revivir el dolor, porque una y otra acción atenta a la larga contra la vida que la naturaleza quiso proteger.

Cuando se ha perdido a un ser querido, el dolor talvez nunca desaparezca, a lo más se atenúe y se convierta en un recuerdo que nos acompañe toda la vida, y ese dolor nos hará casi siempre más conscientes de nuestra feble condición humana,  si a ese dolor se agrega la veneración de su memoria,  a nadie se dañará, pero cultivar el odio e inculcarlo en quienes no vivieron las tensiones de una época y mantenerlo vigente con actos colectivos y denostando eternamente a “los otros” se  mantendrá un país dividido y, perpetuamente amargados, a quienes no han aprendido a perdonar y a tener compasión por los que quizás no la tuvieron, pero que siguen siendo nuestros semejantes… aunque nos duela, porque, son parte de esa misma patria agraviada, lastimada y dañada.

                                                               Mario Alegría Alegría

 

Terminado de escribir el 19 de Octubre de 2008